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Resolución Delegada N° RD-00361-2017
 
 
Título Resolución Delegada autorización instalación expediente N° 0011-02-006-2017
 
Fecha: 10/23/2017 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Hidrocarburos Sub Sector: Comb. Liquidos y Agrocombustibles
 
Expediente: 0011-02-006-2017
 
Resolución
 

             VISTO: la solicitud de autorización de operación de la Instalación código RAGLP 922, destinada al expendio y depósito tipo jaula con una capacidad máxima de almacenamiento de 975 kg en recipientes portátiles, sita en la  Avenida Eugenio Garzón 1028 de la ciudad de Montevideo, cuyo titular es Servicentro SAYAGO S.A., presentado por la empresa DUCSA;

              RESULTANDO: I) que las instalaciones y equipos necesarios para el desarrollo de cualquiera de las actividades alcanzadas por el “Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP”, aprobado por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua  N° 5/004 de 6 de febrero de 2004, modificativas y concordantes, deben ser autorizados por esta Unidad, previo a su operación (artículo 8° del Reglamento citado);

                                    II) que a los efectos de dicha autorización, la norma encomienda a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas por el “Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP” aprobado por la Resolución Nº 5/004 mencionada;

           CONSIDERANDO: I) que los servicios técnicos de la Gerencia de Fiscalización han efectuado dichas verificaciones e informan que la empresa presenta la documentación que avala que cumple con la normativa vigente;

                                      II) que se recomienda por lo tanto autorizar la operación de la Instalación ya que la solicitud de autorización ante la URSEA se tramitó conforme a lo dispuesto por el Reglamento respectivo y porque cumple con los requerimientos técnicos exigidos por la normativa, según la documentación vigente a la fecha de presentación (4 de enero de 2017);

                                     III) que El 14 de marzo de 2017, DUCSA presenta nota en el que se manifiesta el cambio de razón social de la Instalación de "Hernández W. y Mattos R",  pasando a ser Servicentro SAYAGO S.A. y se actualiza la base de datos de la Unidad;

                                       IV) que es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Resolución Nº 267/2010 del 21 de diciembre de 2010, de la Comisión Directora de la URSEA;

La Jefa del Área de Hidrocarburos en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1º.- Conceder la autorización de operación de la Instalación código RAGLP 922, destinada al expendio y depósito tipo jaula con una capacidad máxima de almacenamiento de 975 kg en recipientes portátiles, sita en la Avenida Eugenio Garzón 1028 de la ciudad de Montevideo, cuyo titular es Servicentro SAYAGO S.A., presentado por la empresa DUCSA, por un período de 5 años a contar desde el 4 de enero de 2017.

2º.- Esta autorización no exime del cumplimiento de las disposiciones nacionales y departamentales vigentes (Artículo 23 del  Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP).

3º.- Es responsabilidad del Agente mantener la vigencia de la documentación reglamentariamente requerida.

4º.- Elévese copia al Directorio de la URSEA de esta Resolución.

5º.- Notifíquese a DUCSA y a la empresa Servicentro SAYAGO S.A.

 

 

Ing. Karin Treutler

Jefa del Área de Hidrocarburos

Gerencia de Fiscalización

 
RD firmada electrónicamsnte por Karin Treutler el 23/10/2017 17:18:41.