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Resolución Delegada N° RD-00346-2016
 
 
Título Resolución Delegada autorización vehículo expediente N° 0598-02-006-2016
 
Fecha: 10/25/2016 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Hidrocarburos Sub Sector: GLP
 
Expediente: 0598-02-006-2016
 
Resolución
 

VISTO: la solicitud de autorización presentada RIOGAS S.A. por cuenta y orden de la firma Gujenari S.R.L. para la operación del vehículo camión tractor, matrícula ATP 4125, padrón No. 903013939 destinado al transporte de gas licuado de petróleo (GLP) envasado en recipientes portátiles;

RESULTANDO:I) que las instalaciones y equipos necesarios para el desarrollo de cualquiera de las actividades alcanzadas por el “Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP”, aprobado por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua  N° 5/004 de 6 de febrero de 2004, deben ser autorizados por esta Unidad, previo a su operación (artículo 8° del Reglamento citado);

                    II) que a los efectos de dicha autorización, la norma encomienda a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas por el “Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP” aprobado por la Resolución N° 5/004 mencionada;

CONSIDERANDO: I) que los servicios técnicos de la Gerencia de Fiscalización han efectuado dichas verificaciones e informan que el vehículo de que se trata cumple con los requerimientos técnicos exigidos por la normativa y al momento de presentarse la documentación requerida, la misma se encontraba vigente (5/8/2016);

                          II) que la solicitud de autorización ante la URSEA se tramitó conforme a lo dispuesto por el Reglamento respectivo;

                          III) que es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en las normas reglamentarias citadas, y en la Resolución N° 267/010 del 21 de diciembre de 2010 del Directorio de la URSEA;

La Jefa del Área Hidrocarburos de la Gerencia de Fiscalización en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1)    Conceder la autorización de operación del vehículo camión tractor, matrícula ATP 4125, padrón No. 903013939 propiedad de la firma Gujenari S.R.L., integrante de la cadena de distribución de RIOGAS S.A., destinado al transporte de gas licuado de petróleo (GLP) envasado en recipientes portátiles por un periodo de 5 años a contar desde el 5/8/2016.

2)    Esta autorización no exime del cumplimiento de las disposiciones nacionales y municipales vigentes (Artículo 23 del  Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP).

3)    Es responsabilidad del agente mantener la vigencia de la documentación reglamentariamente requerida.

4)    Elévese copia al Directorio de la URSEA de esta Resolución.

5)    Notifíquese a las empresas RIOGAS S.A. y GUJENARI S.R.L.

 

Ing. Karin Treutler

Jefa del Área Hidrocarburos

Gerencia de Fiscalización.

 
RD firmada electrónicamsnte por Karin Treutler el 25/10/2016 13:12:09.