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Resolución Delegada N° RD-00319-2024
 
 
Título Resolución Delegada de Expediente N° 1413-69-001-2023 - 27
 
Fecha: 04/15/2024 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Generadores de vapor Sub Sector: Generadores de vapor
 
Expediente: 1413-69-001-2023
 
Resolución
 

VISTO: que por Resolución Delegada N° RD-01107-2023 de fecha 27 de diciembre de 2023 se determinó cuales equipos serían verificados por Latu en la inspección anual del año 2024;

RESULTANDO: I) que posteriormente Resolución Delegada N° RD-00132-2024 de fecha 16 de febrero de 2024 algunos equipos fueron retirados de dicho listado por haberse dado la baja o estar pendientes de rehabilitación;

II) que Fiscalización Generadores de Vapor informó que por reubicación deberá cancelarse la inspección del equipo N° 5780, perteneciente a ANEP -CETP;

III) que asimismo se informa que corresponde que los siguientes equipos acrediten la realización de inspección anual en el año 2024 mediante la presentación de declaración jurada realizada por profesional idóneo: GV 3899  perteneciente a DELUCCHI ALVEZ ROCINA ALEJANDRA, GV 3967 perteneciente a RODRIGUEZ AMADO MARCELO RUBEN, GV 5005 perteneciente a GIOMAR SA, GV 4151 perteneciente a  SIRSIL SA , GV 5225 perteneciente a JCE URUGUAY SA , GV 5462 perteneciente a CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS, GV 5943 perteneciente a UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA, GV 5663 perteneciente a UPM SA, GV 5268 perteneciente a PRILI SA, GV 5495 perteneciente a OXITENO SA y GV 5843 perteneciente a URULACT LTDA;

IV) que de acuerdo a lo informado por los técnicos del Unidad, no corresponde que los siguientes equipos acrediten la realización de inspección anual en el año 2024 mediante la presentación de declaración jurada realizada por profesional idóneo: GV 5583perteneciente a GRANJA LA FAMILIA LTDA, por estar en trámite de habilitación, GV 5771 perteneciente a CELULOSA Y ENERGIA PUNTA PEREIRA SA y GV 5969 perteneciente a BLANVIRA SA, por pertenecer ambos a la categoría E2 y haber realizado pruebas anuales en 2023;

CONSIDERANDO: I) que las actividades de verificación se desarrollarán durante el ejercicio 2024;

II) que las actividades a realizar por el Latu han sido consideradas por la Gerencia de Fiscalización, teniendo presente la normativa vigente, que establece que los propietarios o usuarios de Generadores de Vapor, acreditarán la realización de la Inspección Anual, mediante la presentación ante Ursea de una declaración jurada, salvo que se realicen en el mismo año las pruebas para habilitación o rehabilitación de los generadores de vapor, y salvo excepciones que determine la Ursea;

ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 17.598 de 13 de diciembre de 2002 en su redacción actual,  el Reglamento de Seguridad de generadores de Vapor Resolución N° 81/016 en redacción dada por la Resolución N° 101/021, Resolución N°  379/019, y a lo expuesto;

El Gerente de Fiscalización

En uso de facultades delegadas

RESUELVE:

1) Retirar del listado de instalaciones a ser inspeccionados por el LATU en 2024 al generador de vapor n°5780, perteneciente a ANEP-CETP.

2) Publicar listados actualizados en el sitio web de la URSEA según lo resuelto en el punto anterior, y los Resultandos III y IV de esta Resolución.

3) Notifíquese a los tenedores de los generadores de vapor incluidos en los Resultandos II, III, y IV, y a los profesionales idóneos registrados en la Unidad, publíquese en el sitio web de Ursea, y oportunamente archívese.

4) Elévese copia de esta Resolución al Directorio de Ursea.