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Resolución Delegada N° RD-00194-2024
 
 
Título Resolución Delegada cese de comercialización expediente N° 0989-69-001-2023
 
Fecha: 03/11/2024 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Combustibles Sub Sector: GLP
 
Expediente: 0989-69-001-2023
 
Resolución
 

 VISTO: la inspección realizada por Ursea el 30 de agosto de 2023 al local de razón social  “JACQUELINE GUERRA” – RUT 100561160011, ubicado en Ferreira Aldunate y Oficial 1 s/n, localidad de Maldonado, departamento homónimo

 

RESULTANDO: I) que, en dicha ocasión se constató la comercialización irregular de GLP, sin tener autorización de la URSEA para ello;

                      II) que, el asesor técnico de la Gerencia de Fiscalización, en su informe, recomendó aplicar las sanciones que pudieran corresponder;

                     III) que: a) ha quedado constatado que la instalación comercializa GLP en condiciones antirreglamentarias y que se carece de la autorización para ello; b) teniendo en cuenta lo constatado se recomienda se requiera el cese de las actividades de comercialización de GLP; c) sin perjuicio de ello, se continúen las presentes actuaciones que correspondan para sancionar a la firma;

 

CONSIDERANDO: I) que, al igual que en trámites de similar naturaleza, se comparte la necesidad de resolver el cese de operaciones;

 

ATENTO: a lo establecido en la ley 17.598 y sus modificativas, y en los artículos 8 y 26 del Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP y las potestades delegadas mediante Resolución N° 078/014, de 20 de mayo de 2014;

 

LA JEFA DEL ÁREA DE HIDROCARBUROS EN EJERCICIO DE ATRIBUCIONES DELEGADAS

RESUELVE

 

  1. Requerir el cese de operaciones de comercialización de GLP (Supergas), por parte del local de razón social “JACQUELINE GUERRA” – RUT 100561160011, ubicado en Ferreira Aldunate y Oficial 1 s/n, localidad de Maldonado, departamento homónimo.
  2. Establecer que la comercialización irregular de dicho producto constituye una infracción a la normativa vigente, pasibles de las sanciones económicas propuestas en el informe del asesor letrado, cuyo trámite continuará hasta la resolución en definitiva de este asunto por el Directorio de esta Unidad.
  3. Notificar lo resuelto a la instalación mencionada, y a la Intendencia de Maldonado.
  4. Comunicar a la distribuidora DUCSA para informarle de la situación constatada de manera que tomen las acciones pertinentes a los efectos de evitar la entrega de producto, por su parte o a través de integrantes de su cadena de distribución, a los locales como el referido, no autorizados por la Ursea.