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Resolución Delegada N° RD-00437-2023
 
 
Título Resolución Delegada cese de autorización instalación expediente N° 0079-69-001-2023
 
Fecha: 06/08/2023 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Combustibles Sub Sector: GLP
 
Expediente: 0079-69-001-2023
 
Resolución
 

 VISTO: la inspección realizada el 13 de diciembre de 2022 por Ursea, a la instalación  RAGLP 1885 de razón social “MILANI MIRABALLES DARÍO”, ubicada en Gerardo Mattos Rodríguez esq. Tabaré Etcheverry, localidad de Ciudad del Plata,  departamento de San José, perteneciente a la cadena de distribución de DUCSA

RESULTANDO: I) que, en oportunidad de la inspección fue solicitada información, entre ella la habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos, el plano conforme a obra y los certificados de capacitación en manejo de GLP por parte del personal;

                        II) que se dio vista al titular de la instalación y a la distribuidora, la cual evacuó la vista dando la baja de la instalación de su cadena e indicando que la misma está inactiva;

                       III) que sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder corresponde revocar la autorización de operación e indicar el cese de la comercialización del GLP;

CONSIDERANDO: I)  que se ha dado cumplimiento con el debido procedimiento;

                           II) que, al igual que en trámites de similar naturaleza, es necesario resolver en consecuencia;

 

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598, de 13 de diciembre de 2002 y sus modificativas, en el Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP (RPA), y la Resolución de URSEA N° 78/014, de 20 de mayo de 2014;

 

LA JEFA DEL ÁREA COMBUSTIBLES en función de atribuciones delegadas

RESUELVE

1) Cesar la autorización conferida por Resolución N° RD-00333-2021, a la instalación RAGLP 1885 de razón social “MILANI MIRABALLES DARÍO”, ubicada en Gerardo Mattos Rodríguez esq. Tabaré Etcheverry, localidad de Ciudad del Plata,  departamento de San José.

2) Comunicar a las distribuidoras Acodike Supergas S.A., DUCSA, Megal S.A. y Riogas S.A. para informarles de la situación constatada de manera que tomen las acciones pertinentes a los efectos de evitar la entrega de producto, por su parte o a través de integrantes de su cadena de distribución, a los locales como el referido, no autorizados por la Ursea.

3) Comuníquese a la Intendencia de San José.

4) Elévese copia al Directorio de la Ursea de esta Resolución. Oportunamente archívese sin perjuicio.