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Resolución Delegada N° RD-00390-2022
 
 
Título Informe de Expediente N° 0077-69-001-2022 - 7
 
Fecha: 06/20/2022 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Generadores de vapor Sub Sector: Generadores de vapor
 
Expediente: 0077-69-001-2022
 
Resolución
 

VISTO:

la inspección realizada por la Ursea con fecha 9 de febrero de 2022, al generador de vapor n° 761 perteneciente a la razón social Limencor S.A. (RUT 212698250016) sito en Camino Costa Escudero S/N, localidad de Ecilda Paullier, departamento de San José;

 

RESULTANDO:

  1. el empleo de este tipo de equipos no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa normativa, las cuales prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para su operación, auditado por el estado, por medio de habilitaciones con cierta periodicidad;
  2. que por Resolución Delegada RD-00090-2017 se resolvió la no habilitación por no cumplir con la reglamentación;
  3. que por Resolución Nº 380/018 expediente Nº 0947-02-006-2016 se sancionó a la firma tenedora del generador de vapor con una multa de 22.597 UI por los incumplimientos constatados;
  4. que en la inspección realizada el 9 de febrero de 2022 se constató que el generador se encontraba operando aunque esta Unidad había resuelto la no habilitación, no contando con foguista;
  5. que el técnico de la Gerencia de Fiscalización actuante, sugirió que en virtud de los incumplimientos constatados y como medida cautelar, se requiera el cese de operación;
  6. que asimismo se sugirió la comunicación de la situación constatada a la División Inspectiva en Condiciones Ambientales de Trabajo (CAT) de la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ;

 

CONSIDERANDO:

que se estima procedente adoptar las medidas urgentes y cautelares necesarias tendientes a la protección de la seguridad tanto de los usuarios como de los trabajadores que se desempeñen en dicho establecimiento;

 

ATENTO: a lo dispuesto en la ley 17.598 del 12 de diciembre de 2002 en la redacción dada por las leyes 18.719, 19.149, 19.535, 19.889, 19.924 y en demás normas concordantes y modificativas, en el Reglamento de Generadores de Vapor aprobado por la Resolución 81/016 y actualizado por la Resolución 101/021, y a lo definido en la Resolución Nº 77/014.

 

EL GERENTE DE FISCALIZACIÓN

RESUELVE:

 

  1. Requerir el cese operación del generador de vapor Nº 761 a la firma razón social Limencor S.A. (RUT 212698250016), sito en Camino Costa Escudero S/N, localidad de Ecilda Paullier, departamento de San José, hasta tanto no se dé cumplimiento a la reglamentación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.
  2. Comunicar a la División Inspectiva en Condiciones Ambientales de Trabajo (CAT) de la Inspección General de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
  3. Elévese copia de esta Resolución al Directorio de la URSEA, notifíquese al titular, publíquese y oportunamente archívese.
 
RD firmada electrónicamsnte por Eduardo Touya el 20/06/2022 15:50:50.