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Resolución Delegada N° RD-00031-2020
 
 
Título Resolución Delegada autorización expediente N°0799-02-006-2019
 
Fecha: 01/14/2020 Tema: Reglamento Regulador
 
Sector: Combustibles Sub Sector: GLP
 
Expediente: 0799-02-006-2019
 
Resolución
 

         VISTO: la solicitud de autorización de operación de la Instalación código RAGLP 1175, destinada al Depósito de GLP, con una capacidad máxima de almacenamiento de 30.000 kg., y un estacionamiento para vehículos que podrán permanecer cargados allí, con una capacidad máxima nominal adicional de 110.000 kg., ambos, en recipientes portátiles, sita en Cno. Perugorría s/n, Esquina Cno. Vecinal, Padrón 5078, localidad de Paraje Cuchilla de la Sierra - Las Piedras del departamento de Canelones, cuyo titular es ZANELLI GUTIERREZ GABRIEL ESTEBAN, presentado por DUCSA;

          RESULTANDO: I) que las instalaciones y equipos necesarios para el desarrollo de cualquiera de las actividades alcanzadas por el “Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP”, aprobado por Resolución de la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua  N° 5/004 de 6 de febrero de 2004, modificativas y concordantes, deben ser autorizados por esta Unidad, previo a su operación (artículo 8° del Reglamento citado);

                               II) que a los efectos de dicha autorización, la norma encomienda a la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua la verificación del cumplimiento de las condiciones establecidas por el “Reglamento Técnico y de Seguridad de Instalaciones y Equipos destinados al manejo de GLP” aprobado por la Resolución Nº 5/004 mencionada;

           CONSIDERANDO: I) a) que la Instalación de referencia tiene autorización de operación para Depósito de GLP, con una capacidad máxima de almacenamiento de 30000kg en recipientes portátiles, otorgada por la Jefa del Área Hidrocarburos actuando en atribuciones delegadas, desde el 14 de enero de 2019. b) que el 27 de diciembre de 2019, DUCSA presenta una nota, solicitando se aumente su capacidad y se le otorgue autorización estacionamiento para vehículos que podrán permanecer cargados allí, con una capacidad máxima nominal adicional de 110.000 kg. de GLP;

                                     II) que los servicios técnicos de la Gerencia de Fiscalización han efectuado las verificaciones pertinentes e informan que la Instalación de que se trata cumple con los requerimientos técnicos exigidos por la normativa, según la documentación vigente a la fecha de presentación (27 de diciembre de 2019);

                                    III) que la solicitud de autorización ante la URSEA se tramitó conforme a lo dispuesto por el Reglamento respectivo;

                                    IV) que es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Resolución Nº 267/2010 del 21 de diciembre de 2010 de la Comisión Directora de la URSEA;

La Jefa del Área de Hidrocarburos en ejercicio de atribuciones delegadas

RESUELVE:

1º.- Conceder la autorización de operación de la Instalación código RAGLP 1175, destinada al Depósito de GLP, con una capacidad máxima de almacenamiento de 30.000 kg, y un estacionamiento para vehículos que podrán permanecer cargados allí, con una capacidad máxima nominal adicional de 110.000 kg, ambos, en recipientes portátiles, sita en Cno. Perugorría s/n, Esquina Cno. Vecinal, Padrón 5078, localidad de Paraje Cuchilla de la Sierra - Las Piedras del departamento de Canelones, cuyo titular es ZANELLI GUTIERREZ GABRIEL ESTEBAN, presentado por DUCSA, desde el 27 de diciembre de 2019.

2º.- Esta autorización no exime del cumplimiento de las disposiciones nacionales y departamentales vigentes (Artículo 23 del Reglamento para la Prestación de Actividades de Comercialización Mayorista, Transporte, Envasado, Recarga y Distribución de GLP).

3º.- Es responsabilidad del Agente mantener la vigencia de la documentación reglamentariamente requerida.

4º.- Elévese copia al Directorio de la URSEA de esta Resolución.

5º.- Notifíquese a DUCSA y a la empresa cuyo titular es ZANELLI GUTIERREZ GABRIEL ESTEBAN.

 

 

  Ing. Karin Treutler

    Jefa del Área de Hidrocarburos

Gerencia de Fiscalización

 
RD firmada electrónicamsnte por Karin Treutler el 14/01/2020 12:43:13.