Resolución Expediente Acta Nº
Nº 353/016 0207-3-2016 54/2016
 
Referencia
HACER LUGAR AL RECLAMO DE LA SEÑORA MARÍA OBDULIA CENTENA CONTRA LA UTE
 
Resolución

VISTO: el reclamo formulado contra UTE por la señora María Obdulia Centena  (servicio Nº 5523760000), con dirección de suministro en Avenida Italia 4117 apto.601, Departamento de Montevideo;

RESULTANDO: I) que la usuaria reclama por las roturas en electrodomésticos producida por presunta sobretensión, como consecuencia de un corte de servicio eléctrico;

II) que la reclamante se presentó ante UTE a efectos de formular los reclamos pertinentes, pero el Distribuidor no hizo lugar al mismo, por lo que se solicitó la intervención de la URSEA;

III) que se le dio vista a UTE, evacuando la vista conferida presentando los descargos correspondientes sobre el reclamo;

IV) que las asesorías técnica y jurídica de la Gerencia de Fiscalización, entienden que corresponde que UTE considere el reclamo del usuario como válido y abone las compensaciones correspondientes;

CONSIDERANDO: que se cumplió con el debido proceso, confiriéndose las vistas de precepto, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (Decreto del Poder Ejecutivo Nº 277/002), y en el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de la URSEA;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Hacer lugar al reclamo de la señora María Obdulia Centena, servicio Nº 5523760000, contra UTE.

2) Establecer que UTE deberá abonar los daños reclamados según su procedimiento interno respectivo, debiendo acreditar ante la URSEA el pago correspondiente.

3) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 54/2016 de fecha 11/14/2016