Resolución Expediente Acta Nº
Nº 425/016 0418-02-006-2016 65/2016
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A EKENFIL SA Y MULTA DE UI 3.790 A EQUIPO SA
 
Resolución

VISTO: las actuaciones relativas a la inspección realizada el día 19 de mayo de 2016 a Ekenfil SA, sita en la calle 19 de Abril s/n esquina Olivera, de la ciudad de Castillos, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y URSEA de fecha 20 de junio de 2013, cuyo objeto es promover actividades de control y fiscalización del etiquetado de eficiencia energética;

RESULTANDO: I) que, de los informes de los asesores del Área de Fiscalización surgen que la empresa mencionada ha comercializado los siguientes refrigeradores sin la etiqueta de eficiencia energética reglamentaria: (i) marca MABE, modelo 347385; y (ii) marca TEM, modelo TCFB65;

II) que, consultada la base de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética, se verificó que dichos productos no contaban con autorización de esta Unidad Regulatoria al momento de la inspección;

III) que, cuando el importador Equipo SA los vendió a la firma inspeccionada, contaban con autorización ya que la baja fue posterior a ese momento;

IV) que, la firma inspeccionada informó que las etiquetas de los ítems en infracción no le fueron entregadas por el importador;

V) que, la asesora letrada sugirió aplicar sanción de apercibimiento a Ekenfil SA y multa de UI 3790 a Equipo SA;

CONSIDERANDO: que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a las empresas involucradas;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de septiembre de 2009 (con sus modificaciones posteriores), en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 429/009 de fecha 22 de septiembre de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, y a lo informado;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar sanción de apercibimiento a Ekenfil SA, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Aplicar  multa de Unidades Indexadas tres mil setecientas noventa (UI 3.790) a Equipo SA, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

3) Exigir a las empresas mencionadas que cesen la comercialización de los productos constatados en infracción mientras no se regularice la situación de los mismos.

4) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

5) Pase a la División Gestión de Recursos, para el cobro de la multa. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 65/2016 de fecha 12/26/2016