| VISTO: la omisión de UTE en aportar la
información solicitada por la presente Unidad Reguladora en el formulario Nº 0144-3-2016
relativo a un reclamo formulado por la usuaria Cecilia Bruny contra el ente
mencionado;
RESULTANDO:
I) que, la
usuaria Cecilia Bruny presentó un reclamo contra UTE por sumas cobradas por
dicho ente en el marco de una rehabilitación del servicio solicitada por la
compareciente;
II) que, a raíz de ello, se
inició el procedimiento respectivo, solicitándose a UTE que presente una serie
de información (documento NOT-00654-2016 del formulario en cuestión), lo que no
fue cumplido por el ente en el plazo respectivo;
III) que, con fecha 6 de
octubre de 2016 UTE tomó vista del informe de esta Unidad Reguladora en el que
se le pedía información mencionada;
IV) que, con fecha 20 de
octubre de 2016, UTE solicitó prórroga para evacuar la vista mencionada, la que
fue concedida, no presentando finalmente la información solicitada;
V) que, la Resolución de URSEA
Nº 37/013, de fecha 17 de abril de 2013, establece que los sujetos regulados
deben aportar toda la información que se les requiera dentro del plazo que se
establezca a tales efectos, lo que no fue cumplido por UTE;
VI) que, en consecuencia, UTE
incumplió la Resolución de URSEA Nº 37/013, dado que no presentó la información
solicitada, por lo que la asesora jurídica recomendó la aplicación de una
multa;
CONSIDERANDO: I) que, se configuró un
incumplimiento a la normativa que establece que los sujetos regulados por la
URSEA deben aportar toda la información que la misma les requiera dentro de
cierto plazo;
II)
que, se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de
precepto a UTE;
III) que, es necesario resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus
posteriores modificaciones), la Resolución de la URSEA Nº 37/013, de fecha 17
de abril de 2013, y sus modificativas y concordantes;
EL
DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar una sanción de multa de Unidades Indexadas
tres mil (UI 3.000) a UTE, en atención a
lo expuesto y a lo que surge de obrados.
2) Notifíquese. Comuníquese.
Publíquese
en
la
base
de
Resoluciones
del
sitio
Web
de
la
Unidad
y
agréguese
en
la
base
de
sanciones.
3) Pase
a la División Gestión de Recursos, para el cobro de la multa impuesta. Cumplido, archívese sin perjuicio.
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