Resolución Expediente Acta Nº
Nº 151/017 0317-3-2014 23/2017
 
Referencia
HACER LUGAR AL RECLAMO DE CABINAL SA CONTRA UTE
 
Resolución

VISTO: el reclamo formulado por CABINAL SA contra UTE por reiterados problemas de tensión y cortes en el suministro de energía eléctrica;

RESULTANDO: I) que, se solicitó información a UTE, la que aportada fue debidamente analizada;

II) que, el análisis mencionado se realizó  por parte de las asesoras técnicas de la Gerencia de Fiscalización, en dos aspectos, uno sobre la calidad del producto técnico suministrado y  otro sobre la calidad del servicio técnico;

III) que, respecto a la calidad del producto técnico suministrado se informó que no se cumplió con los parámetros admitidos por la reglamentación, por lo que se realizaron una serie de sugerencias a UTE, al contrario de la calidad del servicio técnico que sí estuvo acorde a los parámetros admitidos por la reglamentación;

CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 277/002), y demás normas aplicables y modificativas;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Hacer lugar al reclamo de CABINAL SA, en cuanto a la calidad del producto técnico suministrado, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Solicitar a UTE que incorpore los datos del registro de tensión presentado a su sistema informático CAPTE y proceda a abonarla con las restantes compensaciones correspondientes al primer semestre de 2016.

3) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 23/2017 de fecha 06/27/2017