| VISTO: El proceso de
determinación del cumplimiento de los requisitos mínimos de
seguridad del generador
de vapor con registro Nº 5124 de José Ignacio Freire, sito en el
Parque
Industrial de Durazno, en la ciudad de Durazno del departamento
homónimo;
RESULTANDO: I)
que el empleo de este tipo de
equipos no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa
normativa, las
cuales prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para
su operación,
auditado por el estado, por medio de habilitaciones con cierta
periodicidad;
II) que
iniciado este asunto mediante una
inspección de técnicos de esta Unidad Reguladora, se constata que
este equipo
estaba siendo operando con su habilitación vencida;
III) que
recabados los asesoramientos técnico
y jurídico, se sugirió su no habilitación y la
aplicación de una sanción de Unidades
Indaxadas 6.869. Por resolución delegada Nº 010/2016 del 11 de
abril de 2016 se
resolvió la no habilitación de este equipo;
IV) que de todo
ello se dio vista a la
empresa, sin que presentara descargos;
V) que este
generador fue inspeccionado
nuevamente el 15 de agosto de 2016, comprobándose que seguía en
operación
irregular;
VI) que la
Gerencia de Fiscalización comparte
este criterio;
CONSIDERANDO:
I) que
las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de
fiscalización y aplicación de sanciones de esta Unidad, y que los
incumplimientos por los que se sanciona surgen con claridad de estas
actuaciones;
II) que se
cumplió con el debido proceso, por
lo que corresponde resolver el presente asunto;
ATENTO: a lo expuesto y a
lo dispuesto por la Ley Nº 5.032 de 21 de julio de 1914, la Ley Nº
17.598 del
13 de diciembre de 2002 con las modificaciones impuestas por las Leyes Nº
18.719, de 27 de diciembre de 2010 y la Nº 19.149, de 24 de octubre de
2013, en
las demás resoluciones que regulan la actividad de los generadores de
vapor;
EL
DIRECTORIO
RESUELVE:
1) Aplicar
una multa de Unidades Indexadas seis mil
ochocientas sesenta y nueve (UI 6.869) a José Ignacio Freire, por lo
expuesto y
lo que surge de obrados.
2)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de
Resoluciones del sitio Web
de la Unidad y en la base de Sanciones.
3)
Pase a la División Gestión de Recursos (Administración y
Finanzas) para cobro.
Oportunamente, archívese sin perjuicio.
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