| VISTO: el reclamo
presentado por la señora Silvia Kuyokian contra la UTE, por
irregularidades en
el suministro de energía eléctrica en su finca ubicada en la
calle Cubo del Sur
3667, Montevideo.
RESULTANDO: I) que la usuaria
manifiesta que a consecuencia de una irregularidad en el suministro de
energía
eléctrica notificado por UTE debe abonar una multa, con la que no
está de acuerdo;
II) que, URSEA solicita
información a UTE por
medio de una Consulta Previa, información que fuera considerada por el
Departamento
de Energía Eléctrica del Área de Fiscalización,
mediante Informe N° 213-2016,
donde se expresa que para analizar el tema necesita información
complementaria
que se solicita a UTE;
III) que requerida la
información, ésta es
aportada por UTE, siendo considerada por los asesores técnicos del
Departamento
referido en el Informe 259-2016, resulta probada la intervención en el
equipo
de medida y como se expresa en el informe anterior, la penalización
aplicada
cumple con lo establecido en la Resolución del Directorio de UTE Nº
13.-1609;
IV) que, conferida la
vista a la reclamante, ésta
no presentó descargos;
V) que la Oficina de
Atención Ciudadana eleva
estos obrados sugiriendo no hacer lugar al reclamo de la usuaria.
CONSIDERANDO: que se cumplió con
el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia.
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1) No hacer lugar
al reclamo presentado
por la señora Silvia Kuyokian contra la empresa UTE, en atención
a lo expuesto
y a lo que surge de obrados.
2)
Notifíquese a las partes. Cumplido archívese.-
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