Resolución Expediente Acta Nº
Nº 383/017 0668-02-006-2017 59/2017
 
Referencia
REVOCAR LA RESOLUCIÓN Nº 208/017 DE 2 DE AGOSTO DE 2017
 
Resolución

VISTO: el recurso de revocación de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) contra la Resolución de URSEA Nº 208/017, de 2 de agosto de 2017, por la que no se hizo lugar a la pretensión del señor Alejandro Javier Nogara, aunque se dispuso que UTE abone al usuario la compensación correspondiente por la respuesta dada al usuario fuera del plazo previsto en la normativa;

RESULTANDO: I) que la empresa se agravió por la segunda disposición de dicha resolución, que fue adoptada en el Formulario Nº 0294-3-2016;

II) que el escrito de recursos fue considerado por el asesor letrado de esta Unidad Reguladora, quien señaló que analizando el formulario se pudo advertir que de modo involuntario no se confirió vista al usuario y a UTE de lo informado por la Ing. Masoller, cuyas resultancias se recogieron en la resolución referida, por lo que correspondía revocar la resolución, y retomar la tramitación del Formulario, dando vista al señor Nogara y a UTE del informe mencionado y del proyecto de resolución elaborado, previo a decidir sobre el asunto;

CONSIDERANDO: que se comparte lo informado, por lo que resulta procedente resolver;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo 317 de la Constitución, los artículos 4º y 10 de la Ley Nº 15.869, de 22 de junio de 1987 y en el artículo 75 del Decreto Nº 500/991, de 27 de setiembre de 1991;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Revocar la Resolución de URSEA Nº 208/017, de 2 de agosto de 2017, debiéndose retomar la tramitación del Formulario Nº 0294-3-2016, confiriéndose vista al señor Nogara y a UTE del Informe elaborado en el mismo por parte de la Ing. Susana Masoller de fecha 25 de mayo de 2017 y del proyecto de resolución elaborado.

2) Notifíquese a los interesados.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 59/2017 de fecha 12/26/2017