Resolución Expediente Acta Nº
Nº 211/017 0352-02-006-2017 31/2017
 
Referencia
MULTA DE UI 4.000 A FENI SRL
 
Resolución

VISTO: la omisión de Feni SRL en el expediente Nº 0807-02-006-2015 derivada de no aportar en plazo la información solicitada por la presente Unidad Reguladora;

RESULTANDO: I) que, el expediente principal Nº 0807-02-006-2015 (en el que se omitió en dos oportunidades agregar la información requerida a la empresa) refiere a la fiscalización realizada como parte del plan de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA, cuyo objeto es promover actividades de control y fiscalización del etiquetado de eficiencia energética (Ley N° 18.597 y Decretos del Poder Ejecutivo Nº 428/009, 429/009, 430/009 y 329/010);

II) que, la inspección fue realizada a Fabadil SA, sita en la calle 18 de Julio Nº 527, Departamento de Durazno, el día 29 de setiembre de 2015. En el marco de dicha inspección, se constató incumplimiento a la normativa de etiquetado de eficiencia energética, por lo que se inició el procedimiento administrativo respectivo;

III) que, en virtud de dicho procedimiento administrativo, se solicitó a Feni SRL que presente cierta información, lo que no fue cumplido por la empresa;

IV) que, ante dicho incumplimiento, se reiteró el mismo pedido, constatándose un nuevo incumplimiento de dicha empresa en aportar la información en cuestión;

CONSIDERANDO: I) que, se configuró un incumplimiento de Feni SRL a la normativa que establece que los sujetos regulados por la URSEA deben aportar toda la información que la misma les requiera dentro de cierto plazo;

II) que, se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto;

III) que, es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), la Resolución de la URSEA Nº 37/013, de fecha 17 de abril de 2013, y sus modificativas y concordantes;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar una multa de Unidades Indexadas cuatro mil (UI  4.000) a Feni SRL, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en el sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

3) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa impuesta. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 31/2017 de fecha 08/08/2017