Resolución Expediente Acta Nº
Nº 054/018 0719-02-006-2017 04/2018
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A WEN SA Y MULTA DE UI 12.000 A EQUIPO SA
 
Resolución

VISTO: las actuaciones relativas a la inspección realizada a Wen SA, sita en la calle Florencio Sánchez 527, de la ciudad de Minas, el día 06 de setiembre de 2017, como parte del plan de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA;

RESULTANDO: I) que, en los informes recaídos en el presente expediente, los asesores del Área de Fiscalización expresan que se constató la comercialización sin la Etiqueta de Eficiencia Energética reglamentaria del Aparato de Refrigeración Eléctrico de Uso Doméstico (RFG) marca TEM, modelo TCFB65;

II) que, consultada la base de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética de la presente Unidad, se verificó que el ítem mencionado no contaba con autorización;

III) que, se verificó que el importador del ítem constatado en infracción es Equipo SA y que contaba con antecedentes negativos en materia de etiquetado de eficiencia energética;

CONSIDERANDO: I) que, se configuró un incumplimiento a la normativa de Etiquetado de Eficiencia Energética por parte de Wen SA y de Equipo SA;

II) que, se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a las empresas mencionadas;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de setiembre de 2009, en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 429/009 y 430/009 de fecha 22 de setiembre de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, en la Resolución de URSEA Nº 260/016 del 5 de octubre de 2016, y demás normas concordantes y complementarias, y considerando lo informado;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar a la firma Wen SA una sanción de apercibimiento, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Aplicar a la firma Equipo SA una multa de Unidades Indexadas doce mil (UI 12.000), en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

3) Exigir a la empresa mencionada que cese la comercialización de los ítems constatados en infracción mientras no se regularice la situación de los mismos.

4) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

5) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 04/2018 de fecha 02/08/2018