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VISTO: el reclamo de Aguas de la Costa SA contra UTE por daños
ocasionados por alta tensión;
RESULTANDO: I) que, la usuaria
presentó reclamo contra UTE ante esta Unidad Reguladora por los daños
ocasionados por alta tensión, en dos oportunidades, en el controlador de la
bomba de agua de la estación presurizadora instalada en el año 2012 en Maldonado;
II) que, en virtud de ello, UTE y el usuario
aportaron una serie de información que fue debidamente analizada;
III) que, realizado el análisis respectivo,
se concluyó que hay evidencia suficiente para considerar que hay
responsabilidad de UTE en los daños del equipamiento eléctrico sufridos el 6 de
abril de 2015;
CONSIDERANDO: que, se cumplió con
el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de
Distribución de Energía Eléctrica (aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 277/002),
y demás normas aplicables y modificativas;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Hacer lugar el reclamo de AGUAS DE LA COSTA SA sobre los daños del equipamiento
eléctrico sufridos el 6 de abril de 2015, atención a lo expuesto y a lo que
surge de obrados. La indemnización por los daños deberá hacerle UTE, según su
procedimiento interno respectivo y solicitando al usuario la información que
estime pertinente.
2)
Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.
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