Resolución Expediente Acta Nº
Nº 123/017 0151-3-2016 19/2017
 
Referencia
HACER LUGAR AL RECLAMO DE LA SEÑORA JACQUELINE BERGSTEIN CONTRA LA UTE
 
Resolución

VISTO: el reclamo formulado ante nuestra Unidad contra UTE por la señora Jacqueline Bergstein por un corte en su suministro;

RESULTANDO: I) que, la usuaria reclamó que el corte ocurrido el día 05 de julio de 2016, se extendió todo el día y que fue provocado por un error de la propia UTE, que al atender un reclamo realizado por el comercio vecino al de la señora Bergstein, no identificó las correspondientes acometidas, y procedió a cortar ambas;

II) que, en el marco del presente reclamo, se solicitó una serie de información a UTE que fue debidamente analizada por esta Unidad Reguladora;

III) que, de los antecedentes de este reclamo, de lo manifestado por la señora Bergstein y de lo reconocido por UTE, se considera que el suministro de la usuaria reclamante estuvo sin tensión durante el tiempo correspondiente a la incidencia Id 2841207, y que el servicio fue cortado por UTE;

IV) que, no se comparte con UTE que la incidencia Id 2841207 no sea contabilizable a los efectos del cálculo de los indicadores de calidad del servicio técnico correspondientes a la reclamante;

V) que, la asesora técnica informante consideró que se debe solicitar a UTE que modifique la información relativa a esta incidencia en su sistema, al menos en lo que tiene que ver con su afectación sobre la calidad del servicio recibido por la nombrada reclamante y, considerando que el segundo semestre de 2016 ha culminado, se proceda a calcular e informar en estas actuaciones los indicadores individuales de calidad de servicio técnico correspondientes a la citada usuaria así como el monto de las compensaciones que le correspondan, las que serán abonadas junto con el resto de las compensaciones correspondientes al semestre;

CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de Distribución de Energía y en el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica, y demás normas aplicables;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Hacer lugar al reclamo presentado por la señora Jacqueline Bergstein, de acuerdo a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Solicitar a UTE que modifique la información relativa a esta incidencia (Id 2841207) en su sistema en lo que tiene que ver con su afectación sobre la calidad del servicio recibido por la señora Bergstein.

3) Solicitar a UTE que calcule e informe los indicadores individuales de calidad de servicio técnico correspondientes a la señora Bergstein, así como el monto de las compensaciones que le correspondan.

4) Se abonen las compensaciones correspondientes a la señora Bergstein.

5) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 19/2017 de fecha 05/30/2017