|
VISTO: la petición presentada por el
señor Richard Peixoto en representación de PLIBOR LTDA, en relación a la
Resolución de URSEA Nº 034/016, de 16 de febrero de 2016, por la que se le
aplicó una multa de Unidades Indexadas 8.014, por los incumplimientos
detectados en su generador de vapor con registro Nº 5.861 sito en la calle Yi
1415 del departamento de Montevideo;
RESULTANDO: I) que la punitiva se aplicó
luego de lo informado por los asesores técnico y jurídico de esta Unidad
Reguladora, y de acuerdo a que el mencionado generador fue inspeccionado por el
LATU el 18 de febrero de 2015, quienes constataron diversos incumplimientos a
la normativa que rige el uso de un generador de vapor;
II) que, la empresa realizó todas las gestiones
requeridas, obteniendo la habilitación del generador con fecha 8 de abril de
2016 según Resolución delegada RD-00245-2016;
III) que, en su petición Plibor Ltda solicita la
reconsideración de la multa impuesta, teniendo en cuenta las particularidades
específicas de ser una pequeña empresa familiar que cuenta con el generador
para el calentamiento de una plancha a vapor que utilizan para el planchado y
hojalado de prendas de vestir;
IV) que, asimismo expresa, que el generador fue
importado y la documentación estaba en idioma chino, lo que dificultó dar
cumplimiento en tiempo y forma lo requerido para la habilitación mencionada,
habiendo incurrido en gastos imprevistos para realizar los ensayos pertinentes,
que han resentido la situación económica de su empresa familiar;
V) que la Secretaría General eleva la petición,
entendiendo razonable sugerir al Directorio cambiar la punitiva por sanción de
apercibimiento;
CONSIDERANDO: I) que la empresa peticionante
regularizó su situación, habiendo desarrollado una conducta responsable alineada
a la normativa;
II) que teniendo en cuenta lo manifestado por la
empresa y además el conocimiento de las vicisitudes del sector en el que
trabajan, se accederá a cambiar la multa por la sanción sugerida:
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1) Modificar
la Resolución de URSEA Nº 034/016, de 16 de febrero de 2016, cambiando la multa
de Unidades Indexadas ocho mil catorce (UI 8.014) impuesta a la empresa Plibor
Ltda, por sanción de apercibimiento, por lo expuesto y lo que surge de obrados.
2)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese el cambio realizado en la base de
Resoluciones del sitio Web de la Unidad y en la base de Sanciones.
3)
Oportunamente, archívese sin perjuicio.
|