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VISTO: las actuaciones
relativas a la inspección realizada el día 14 de diciembre de 2016 a Néstor Cáceres,
sito en la calle Rivera Nº 488, de la ciudad de Santa Lucía, en el marco del
Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y URSEA de fecha 20 de
junio de 2013, cuyo objeto es promover actividades de control y fiscalización
del etiquetado de eficiencia energética;
RESULTANDO: I) que, los asesores
del Área de Fiscalización informaron que la empresa mencionada ha
comercializado el refrigerador (RFG) marca CONSUL modelo CHB53DBDWX, sin la
etiqueta de eficiencia energética reglamentaria;
II) que, el producto en infracción cuenta con
autorización al uso de la etiqueta de eficiencia energética por parte de la
presente Unidad Reguladora;
III) que, el asesor técnico de la Gerencia de
Fiscalización, informó que el ítem en cuestión le fue comercializado a la firma
inspeccionada en vigencia de la etapa obligatoria de etiquetado para estos
productos por Barraca Europa SA, contando la factura presentada con un sello
donde se indica expresamente que el importador entregó el ítem con la etiqueta
reglamentaria;
IV) que, en este contexto, no corresponde
sancionar al importador, pero si a la firma inspeccionada;
CONSIDERANDO: que se ha cumplido
con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a las empresas
involucradas;
ATENTO: a lo establecido en
la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores
modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de setiembre de 2009 (con sus
modificaciones posteriores), en los Decretos N° 429/009 de fecha 22 de setiembre
de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, y a lo informado;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar a Néstor Cáceres una sanción de apercibimiento en atención a lo
expuesto y a lo que surge de obrados.
2)
Exigir a la empresa mencionada que cese la comercialización del ítem constatado
en infracción mientras no se regularice la situación del mismo.
3)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web
de la Unidad y agréguese en la base de sanciones. Cumplido, archívese sin
perjuicio.
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