Resolución Expediente Acta Nº
Nº 117/017 0552-02-006-2016 19/2017
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A BAZAR LA SENSACIÓN
 
Resolución

VISTO: las actuaciones relativas a la inspección realizada el día 26 de julio de 2016, en BAZAR LA SENSACIÓN, sito en la calle Carlos María Ramírez Nº 424 de Montevideo, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y URSEA de fecha 20 de junio de 2013, cuyo objeto es promover actividades de control y fiscalización del etiquetado de eficiencia energética;

RESULTANDO: I) que, en los informes recaídos en el presente expediente, los asesores del Área de Fiscalización expresan que la empresa mencionada ha comercializado sin la Etiqueta de Eficiencia Energética reglamentaria los siguientes refrigeradores (RFG) marca WHIRLPOOL: 1) Modelo WRM39D1 y 2) Modelo WRM39X1;

II) que, consultada la base de datos de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética de esta Unidad Reguladora, se comprobó que los ítems mencionados estaban autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética;

III) que, la firma inspeccionada presentó las facturas de compra de dichos productos, desprendiéndose que los mismos le fueron comercializados por Barraca Europa SA durante la etapa de etiquetado obligatorio para estos productos;

IV) que, las facturas mencionadas cuentan con un sello indicando que los ítems constatados en infracción se entregaron con las etiquetas de eficiencia energética correspondientes;          &nb sp;

V) que, la asesora letrada sugirió aplicar a la firma inspeccionada una sanción de apercibimiento;

VI) que, con respecto al importador (Barraca Europa SA), la asesora letrada estableció que no corresponde sancionarlo dado que quedó fehacientemente acreditado que entregó las etiquetas de eficiencia energética reglamentarias correspondientes;

CONSIDERANDO: I) que se configuró un incumplimiento a la normativa de Etiquetado de Eficiencia Energética por parte de BAZAR LA SENSACIÓN;

II) que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de setiembre de 2009, en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 429/009 de fecha 22 de setiembre de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, y a lo informado;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar a BAZAR LA SENSACIÓN una sanción de apercibimiento en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Exigir a la empresa mencionada que cese la comercialización de los ítems constatados en infracción mientras no se regularice la situación de los mismos.

3) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones. Cumplido, archívese sin perjuicio. 

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 19/2017 de fecha 05/30/2017