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VISTO: la omisión de Robena
Hogar Ltda en el expediente N° 0074-02-006-2017 derivada por no aportar en
plazo la información solicitada por esta Unidad Reguladora;
RESULTANDO: I) que, en la
tramitación del expediente referido la empresa Robena Hogar Ltda omitió en dos
oportunidades agregar la información requerida, la que era necesaria a efectos
de la fiscalización realizada por URSEA como parte del plan de inspecciones en
el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA,
cuyo objeto es promover actividades de control y fiscalización del etiquetado
de eficiencia energética (Ley N° 18.597 y Decretos del Poder Ejecutivo Nº
428/009, 429/009, 430/009 y 329/010);
II) que, la inspección fue realizada el día
1º de febrero de 2017 a Robena Hogar Ltda, sita en la calle Batlle y Ordoñez
1550, de la localidad de San Ramón;
III) que, en el marco de dicha inspección, se
constató incumplimiento a la normativa de etiquetado de eficiencia energética,
por lo que se inició el procedimiento administrativo respectivo en el citado
expediente;
IV) que, en dichos obrados se solicitó a la
firma inspeccionada que presente cierta información, lo que no fue cumplido por
la empresa;
V) que, ante dicho incumplimiento, se reiteró
el requerimiento, constatándose un nuevo incumplimiento de la empresa en
aportar la información en cuestión;
CONSIDERANDO: I) que, se ha
cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto;
II) que, es necesario resolver en
consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus
posteriores modificaciones), la Resolución de la URSEA Nº 37/013, de fecha 17
de abril de 2013, y sus modificativas y concordantes;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar a Robena Hogar Ltda una multa de
Unidades Indexadas cuatro mil (UI 4.000), en atención a lo expuesto y a lo que
surge de obrados.
2)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web
de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.
3)
Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa impuesta.
Cumplido, archívese sin perjuicio.
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