Resolución Expediente Acta Nº
Nº 003/018 0874-02-006-2017 01/2018
 
Referencia
MULTA DE UI 4.000 A PUNTO LUZ SA
 
Resolución

VISTO: el incumplimiento de Punto Luz SA en el expediente Nº 0303-02-006-2017, derivado de la omisión de la empresa en aportar la información solicitada por esta presente Unidad Reguladora;

RESULTANDO: I) que, con fecha 21 de abril de 2017, se realizó una inspección a la empresa Punto Luz SA, sita en Av. Italia, Parada 4, Punta del Este, en la que se constataron ciertos incumplimientos a la normativa de Eficiencia Energética;

II) que, la inspección fue realizada como parte del plan de inspecciones en el marco del Fideicomiso Uruguayo de Ahorro y Eficiencia Energética (FUDAEE) para la fiscalización del cumplimiento de la reglamentación en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética (Ley N° 18.597 y Decretos del Poder Ejecutivo Nº 428/009, 429/009, 430/009 y 329/010);

III) que, en virtud del incumplimiento a la normativa de Eficiencia Energética constatado durante la inspección, se solicitó a la firma inspeccionada que presente cierta información (Actuaciones N° 3 y 5);

IV)- que, la información mencionada anteriormente no fue aportada por la empresa, por lo que corresponde la aplicación de la Resolución de URSEA N° 37/013;

V) que, en la Actuación Nº 4 la firma inspeccionada presentó cierta información que no coincide con lo requerido;

CONSIDERANDO: I) que, se configuró un incumplimiento a la normativa que establece que los sujetos regulados por URSEA deben aportar toda la información que la misma les requiera dentro de cierto plazo;

II) que, se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a Punto Luz SA;

III) que, es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), la Resolución de URSEA Nº 37/013, de fecha 17 de abril de 2013, y sus modificativas y concordantes;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar a Punto Luz SA una multa de Unidades Indexadas cuatro mil (UI 4.000), como consecuencia de la no presentación de la información solicitada por URSEA en dos oportunidades, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

3) Pase a la División Gestión de Recursos, a efectos de gestionar el cobro de la multa impuesta. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 01/2018 de fecha 01/02/2018