Resolución Expediente Acta Nº
Nº 280/018 0939-02-006-2015 38/2018
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A BLYNEL SA
 
Resolución

VISTO: la inspección realizada el día 5 de agosto de 2015 a la empresa Blynel SA, como parte del plan de inspecciones de la presente Unidad Reguladora;

RESULTANDO: I) que, la inspección fue realizada en vigencia del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT);

II) que, se constataron dos Calentadores de Agua Eléctricos Instantáneos marcas Fame  y Corona sin autorización de URSEA en materia de seguridad eléctrica;

III) que, se constató que el portalámparas rosca Edison de la marca Molveno, modelo Vulcano, código 110501519, autorizado por URSEA, no contaba con la marca comercial marcada sobre el producto, cuyo fabricante es Industrias Elder Tavares SA;

IV) que, no fue posible identificar a los importadores y/o fabricantes de los Calentadores de Agua Eléctricos Instantáneos constatados en infracción, por lo que no es posible analizar su responsabilidad en el caso concreto;

V) que, en Industrias Elder Tavares SA manifestó que el portalámparas con rosca Edison “tiene el marcado, si lo desean se les envía muestra de los mismos”, por lo cual se le solicitó la presentación de la muestra ofrecida;

VI) que, analizada la muestra, la marca {M} se encuentra marcada en el interior de la cúpula del portalámparas, pero que no es claramente distinguible;

VII) que, en relación a la muestra mencionada, los técnicos de esta Unidad Reguladora entendieron pertinente hacer una consulta a UNIT sobre el marcado de dicho producto, la que fue debidamente evacuada en distintas reuniones que se mantuvieron, concluyéndose que si bien el marcado está, es necesario que el mismo resulte más distinguible en función de lo establecido en el RSPEBT, debiendo someterse a análisis técnico dicho punto;

CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, confiriéndose las vistas de precepto, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), y en la Resolución de URSEA N° 131/009 - Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión-, y demás normas aplicables y modificativas;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar una sanción de apercibimiento a Blynel SA, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Exigir el cese de comercialización de los Calentadores de Agua Eléctricos Instantáneos marca Fame y Corona mientras no se cumpla con la normativa respectiva.

3) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 38/2018 de fecha 09/18/2018