Resolución Expediente Acta Nº
Nº 109/017 0061-02-006-2017 18/2017
 
Referencia
MULTA DE UI 3.000 A UTE
 
Resolución

VISTO: la omisión de UTE en aportar la información solicitada por esta Unidad Reguladora en el formulario Nº 0305-3-2014 relativo a una denuncia presentada contra el ente por la usuaria Margot Acuña;

RESULTANDO: I) que, la señora Margot Acuña denunció la existencia de un cable ajeno a las instalaciones eléctricas, el que podría tratarse de una presunta irregularidad;

II) que, en virtud de lo mencionado, UTE concurrió pero no dio respuesta;

III) que, en este contexto, la usuaria mencionada se presenta ante URSEA, iniciándose el procedimiento administrativo respectivo y solicitando cierta información a UTE;

IV) que, el 9 de noviembre de 2016 esta reguladora puso la documentación a disposición de UTE para que tome vista (Documento: NOT-00976-2016);

V) que, UTE tomó vista el 21 de noviembre, solicitando una prórroga para su evacuación, la que fue concedida, pero finalmente no presentó lo requerido por URSEA;

VI) que, la Resolución Nº 37/013, de fecha 17 de abril de 2013, establece que los sujetos regulados deben aportar toda la información que la URSEA les requiera dentro del plazo que se establezca a tales efectos;

VII) que, en consecuencia, UTE incumplió la Resolución de URSEA Nº 37/013, por lo que la asesora jurídica recomendó la aplicación de una multa;

VIII) que, conferida vista de la sugerencia de sanción a UTE, no se presentaron descargos;

CONSIDERANDO: I) que, se configuró un incumplimiento a la normativa que establece que los sujetos regulados por la URSEA deben aportar toda la información que la misma les requiera dentro de cierto plazo;

II) que, se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a UTE;

III) que, es necesario resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley Nº 17.598, de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), la Resolución de la URSEA Nº 37/013, de fecha 17 de abril de 2013, y sus modificativas y concordantes;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar una multa de Unidades Indexadas tres mil (UI 3.000) a UTE, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

3) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa. Cumplido, archívese sin perjuicio. 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 18/2017 de fecha 05/16/2017