Resolución Expediente Acta Nº
Nº 206/018 0283-3-2016 25/2018
 
Referencia
ESTABLECER QUE UTE RECALCULE MONTO DE PENALIZACIÓN APLICADA A UNA USUARIA
 
Resolución

VISTO: el reclamo presentado el 22 de noviembre de 2016, por la señora Silvia Gómez (cuenta Nº 4932971000) contra UTE, por una penalización de una presunta irregularidad detectada en su suministro;

RESULTANDO: I) que, en su reclamo, la usuaria manifestó que “en ningún momento el contador de dicho servicio fue adulterado por quien suscribe u otro integrante de dicha finca”;

II) que, la usuaria aclaró que “ese contador se encontraba en dicha finca desde diciembre de 2010, cuando alquilé y ocupé dicha finca”;

III) que, la usuaria declaró haber presentado descargos, los que no fueron considerados por UTE, e indicó que el 16 de octubre de 2016 le cambiaron el medidor;

IV) que, analizada la información disponible en su conjunto, la asesora técnica de URSEA consideró que se encuentra probada la existencia de una intervención en el equipo de medida y una eventual irregularidad en los dispositivos de control de potencia en el suministro de la usuaria, conforme lo definido en la reglamentación vigente;

V) que, sin perjuicio de lo mencionado, los técnicos de esta Unidad Reguladora no comparten el criterio utilizado por UTE para el cálculo del monto de la penalización aplicada; entienden que corresponde aplicar lo establecido en el punto 4.1.1 de la Reglamentación para el Tratamiento de Irregularidades en el Uso de Energía Eléctrica (Resolución del Directorio de UTE Nº 13.-1609), sumado a lo establecido en el apartado 10.1 de la misma norma,  lo que produce un monto de penalización de  $ 10.252,89 + IVA (nótese que el monto calculado por UTE era de $ 85.091,86 + IVA);

VI) que, en virtud de lo mencionado en el numeral anterior, corresponde solicitar a UTE que proceda a recalcular el monto de la penalización aplicado a la señora Gómez y a devolver las diferencias que pudieren corresponder;

CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, habiéndose conferidos las vistas de precepto, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de Distribución de Energía Eléctrica (aprobado por Decreto del Poder Ejecutivo Nº 277/002), y demás normas aplicables y modificativas;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Establecer que UTE debe recalcular el monto de la penalización aplicada a la señora Gómez según lo expresado en el numeral “V” del resultando de la presente Resolución, devolviendo a la usuaria los montos que pudieran corresponder.

2) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 25/2018 de fecha 07/03/2018