Resolución Expediente Acta Nº
Nº 158/017 0636-02-006-2015 25/2017
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A ADEMA SA, MULTAS DE UI 4.987 A MIRAVIS SA Y DE UI 1.560 A RIDEL SA
 
Resolución

VISTO: las actuaciones relativas a la inspección realizada el día 8 de mayo de 2015, a la firma Adema SA, sita en la Avenida Millán 4163, departamento de Montevideo, el como parte del plan de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA;

RESULTANDO: I) que, en la inspección realizada se constató la comercialización sin la etiqueta de eficiencia energética del Calentador Eléctrico de Agua de Acumulación (CAE) marca ARISTON, modelo PRO ECO 100V (ítem 1);

II) que, adicionalmente se constató la comercialización con una etiqueta de eficiencia no autorizada por esta Unidad Reguladora del CAE marca WARNERS, modelo W 60 L (ítem 2);

III) que, consultada la base de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética, se constató que los CAE mencionados no contaban con autorización de URSEA;

IV) que, se verificó que los productos constatados en infracción le fueron comercializados a la firma inspeccionada dentro del plazo de adhesión obligatoria: el CAE marca ARITSON por Ridel SA y el CAE marca WARNERS por Miravis SA, siendo las últimas las respectivas empresas importadoras;

V) que, se verificó el cumplimiento de la normativa de seguridad eléctrica, constándose que el ítem 1 contaba con autorización de URSEA, no así el ítem 2;

CONSIDERANDO: I) que se configuró un incumplimiento a la normativa de Etiquetado de Eficiencia Energética por parte de Adema SA, Ridel SA y Miravis SA;

II) que, Adema SA y Miravis SA también incumplieron la normativa de seguridad eléctrica;

III) que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto, y analizándose los descargos presentados;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de setiembre de 2009, en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 428/009 de fecha 22 de setiembre de 2009, N° 429/009 de fecha 5 de noviembre de 2010, en la Resolución de la URSEA N° 131/009 (Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión), y a lo informado;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar a Adema SA sanción de apercibimiento, en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Aplicar a Miravis SA multas por un total de Unidades Indexadas cuatro mil novecientas ochenta y siete (UI 4.987), por los incumplimientos a la normativa de etiquetado de eficiencia energética y seguridad eléctrica respectivamente, según lo expuesto y lo que surge de obrados;

3) Aplicar a Ridel SA multa de Unidades Indexadas mil quinientas sesenta (UI  1.560), en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

4) Exigir a las empresas mencionadas que cesen la comercialización de los ítems constatados en infracción mientras no regularicen la situación de los mismos.

5) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

6) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de las multas impuestas. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 25/2017 de fecha 07/11/2017