| VISTO: estas actuaciones
referentes a la denuncia efectuada a esta Unidad Reguladora contra la empresa
Valtery
SA por venta de prolongadores sin haber dado cumplimiento a la normativa
vigente aplicable a los productos eléctricos de baja tensión;
RESULTANDO: I) que en el marco
del tratamiento de la referida denuncia, se realizó una
inspección a Valtery SA,
ubicada en Juan José Amezaga Nº 1767 de Montevideo;
II) que en
mérito a ello y según lo informado
por el Área de Energía Eléctrica, se constató la
importación por parte de la empresa
mencionada de prolongadores y tomacorrientes múltiples móviles no
autorizados
por la URSEA;
III) que el
informe del asesor letrado propone se
sancione con una multa de UI 4.214,50 a la empresa denunciada;
IV) que se
confirió la vista de precepto a la
empresa, la que presentó descargos, los que analizados por el asesor
letrado
informante, no contienen elementos que ameriten modificar la sanción
propuesta;
V) que la Oficina de
Atención Ciudadana eleva
estos obrados compartiendo la sugerencia realizada por el asesor
letrado;
CONSIDERANDO: que se cumplió con
el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto en la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 y la Ley Nº
6.832, de
17 de junio de 1997, el Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos
de Baja
Tensión y sus normas modificativas y concordantes;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar una multa de Unidades Indexadas cuatro mil doscientos catorce con
50/100 (UI 4.214,50) a la empresa Valtery SA, por lo expuesto y lo que surge de
obrados.
2)
Notifíquese, regístrese en la base de sanciones. Pase a la
División Gestión de
Recursos (Administración y Finanzas) para el cobro de la sanción
impuesta.
3)
Cumplido archívese.
|