|
VISTO: el reclamo del
señor Ernesto García Villar contra UTE por el cobro de sumas que
considera indebidas, en el suministro cuenta Nº 9447500000 de la vivienda de la
calle Francisco de las Carreras Nº 7862 de Montevideo;
RESULTANDO: I) que conferida vista a UTE del
reclamo, esta fue evacuada oportunamente, adjuntándose antecedentes, y
solicitándose en definitiva la clausura de las actuaciones;
II) que luego de instruido debidamente las
actuaciones, incluyendo informes técnico y jurídico, UTE se remite al Informe
del Departamento de protección de ventas, entendiendo que el contrato con el
cliente facultaba a facturar en base a estimaciones por la energía no
registrada;
III) que los informes técnicos y jurídicos de URSEA
aconsejaron hacer lugar
al presente reclamo, revisando la
facturación reclamada; ya que UTE pretende
facturar al cliente, ante el mal funcionamiento del medidor no imputable al mismo,
energía que presuntamente se habría consumido;
CONSIDERANDO: que se cumplió con el debido procedimiento, por lo que procede resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1) Hacer lugar al
reclamo de Ernesto García Villar, instruyendo a UTE para que revise la
facturación reclamada, conforme a las resultancias de estas actuaciones.
2) Notifíquese a las partes y comuníquese. Cumplido, archívese.
|