Resolución Expediente Acta Nº
Nº 090/019 0448-02-006-2018 11/2019
 
Referencia
MULTA DE UI 24.000 A ODALER SA
 
Resolución

VISTO: La inspección realizada el día 14 de mayo de 2018 a efectos de verificar el cumplimiento del Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT) a diversos productos eléctricos que se comercializaban por parte de la empresa Odaler SA (Geant) sita en Av. A La Playa, Ciudad de la Costa, Departamento de Canelones;

RESULTANDO: I) que en dicha oportunidad, se encontraron ocho productos, individualizados  en el acta de inspección: a) Horno marca Oster modelo TSSTTVSKBT-053, b) Sandwichera marca Oster modelo CKSTPA2880-053, c) Parrilla eléctrica marca Oster modelo 4767-53, d) Batidora marca Cuori modelo CUO3198; e) Cafetera marca Oster modelo OS 6601, f) Fábrica de gomas marca Kassel modelo KS-GUMMYKIDS (45 W); g) Fábrica de gomas marca Kassel modelo KS-GUMMYKIDS (200 W) y h) Licuadora marca Rotel modelo B91202072, que se comercializaban, sin que los mismos dieran cumplimiento a las normas de seguridad establecidas en el reglamento citado, las que requieren una autorización previa de la URSEA;

II) que la asesoría técnica informó este asunto; la asesoría jurídica concordó con ella, indicando como responsable a la firma Odaler; se  indicó que surgen acreditadas infracciones a la normativa de productos eléctricos, al haberse comercializado estos productos sin haberse acreditado ante esta Unidad en tiempo y forma el cumplimiento de los requisitos de seguridad, que las normas imponen en defensa del consumidor, sugiriéndose la aplicación de una multa por cada producto en situación irregular;

III) que se confirió vista a la empresa inspeccionada, la que no procedió a presentar descargos;

CONSIDERANDO: I) que se ha cumplido con el debido procedimiento, habiéndose conferido la vista de precepto a efectos que se pudieran presentar descargos, sin que la empresa lo haya hecho;

II) que el Gerente de Fiscalización comparte lo informado y elevan estas actuaciones para su resolución;

ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 1, 14 y 15 de la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de 2002 en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149, por el artículo 3, 4 y 5 del Reglamento de Seguridad del Equipamiento Eléctrico de Baja Tensión aprobado por la Resolución Nº 131/009 de URSEA y sus modificativas  y en lo informado;

El DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar multa de Unidades Indexadas veinticuatro mil (UI 24.000) a Odaler SA (Geant), en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Reiterar que los productos encontrados en infracción no se pueden comercializar mientras no se regularice su situación.

3) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones.

4) Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa impuesta. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 11/2019 de fecha 03/19/2019