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VISTO: La inspección
realizada el día 14 de mayo de 2018 a efectos de verificar el cumplimiento del
Reglamento de Seguridad de Productos Eléctricos de Baja Tensión (RSPEBT) a
diversos productos eléctricos que se comercializaban por parte de la empresa
Odaler SA (Geant) sita en Av. A La Playa, Ciudad de la Costa, Departamento de
Canelones;
RESULTANDO:
I)
que en dicha oportunidad, se encontraron ocho productos, individualizados en el acta de inspección: a) Horno marca
Oster modelo TSSTTVSKBT-053, b) Sandwichera marca Oster modelo CKSTPA2880-053,
c) Parrilla eléctrica marca Oster
modelo 4767-53, d) Batidora marca Cuori modelo CUO3198; e) Cafetera marca Oster
modelo OS 6601, f) Fábrica de gomas marca Kassel modelo KS-GUMMYKIDS (45 W); g)
Fábrica de gomas marca Kassel modelo KS-GUMMYKIDS (200 W) y h) Licuadora marca
Rotel modelo B91202072, que se comercializaban, sin que los mismos dieran
cumplimiento a las normas de seguridad establecidas en el reglamento citado,
las que requieren una autorización previa de la URSEA;
II) que la asesoría técnica informó este
asunto; la asesoría jurídica concordó con ella, indicando como responsable a la
firma Odaler; se indicó que surgen
acreditadas infracciones a la normativa de productos eléctricos, al haberse
comercializado estos productos sin haberse acreditado ante esta Unidad en
tiempo y forma el cumplimiento de los requisitos de seguridad, que las normas
imponen en defensa del consumidor, sugiriéndose la aplicación de una multa por
cada producto en situación irregular;
III) que se confirió vista a la empresa
inspeccionada, la que no procedió a presentar descargos;
CONSIDERANDO:
I)
que se ha cumplido con el debido
procedimiento, habiéndose conferido la vista de precepto a efectos que se
pudieran presentar descargos, sin que la empresa lo haya hecho;
II) que el Gerente de Fiscalización comparte
lo informado y elevan estas actuaciones para su resolución;
ATENTO:
a lo
dispuesto en los artículos 1, 14 y 15 de la Ley Nº 17.598 de 13 de diciembre de
2002 en la redacción dada por las leyes Nº 18.719 y Nº 19.149, por el artículo
3, 4 y 5 del Reglamento de Seguridad del Equipamiento Eléctrico de Baja Tensión
aprobado por la Resolución Nº 131/009 de URSEA y sus modificativas y en lo informado;
El DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar multa de Unidades Indexadas veinticuatro mil (UI 24.000) a Odaler SA
(Geant), en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.
2)
Reiterar que los productos encontrados en infracción no se pueden comercializar
mientras no se regularice su situación.
3)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de
la Unidad y agréguese en la base de sanciones.
4)
Pase a la División Gestión de Recursos para el cobro de la multa impuesta. Cumplido,
archívese sin perjuicio.
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