Resolución Expediente Acta Nº
Nº 097/017 0309-3-2017 16/2017
 
Referencia
HACER LUGAR AL RECLAMO DE RICARDO MOREIRA CONTRA LA UTE
 
Resolución

VISTO: la denuncia - reclamo presentada ante URSEA por el señor Richard Moreira contra UTE;

RESULTANDO: I) que,  el usuario expresó que el 10 de julio de 2014 UTE realizó una conexión incorrecta del suministro en su finca del balneario Bella Vista provocando el incendio de la vivienda;

II) que, en virtud de lo mencionado, el usuario reclamó por los daños ocasionados en todo el sistema eléctrico, roturas varias y pérdida y daño de electrodomésticos;

III) que, del informe técnico de la Jefatura de Energía Eléctrica de la Gerencia de Fiscalización surge que está comprobado que UTE cometió un error en la conexión del servicio del usuario reclamante y que por ende existe responsabilidad del ente en los daños sobre el equipamiento eléctrico denunciados y que UTE pudo haber constatado dichos daños en tiempo y forma;

IV) que el usuario realizó el reclamo ante UTE el 11 de julio de 2014 y UTE no lo registró correctamente hasta el 14 de julio de 2014, fecha en la que quedó ingresado al sistema como "Daño en la vivienda" con el Nº 4150912367;

V) que, en relación a lo planteado anteriormente, los asesores de esta Unidad Reguladora entienden que la fecha de inicio del trámite del reclamo fue el 11 de julio de 2014, y la respuesta es del 12 de agosto de 2014, por lo que UTE incumplió el plazo reglamentario con que cuenta para responder;

VI) que, consultada la información sobre los plazos de respuesta a los reclamos enviada semestralmente a URSEA en el marco del cumplimiento del RCSDEE, no se identificó el registro del presente reclamo;

CONSIDERANDO: que, se cumplió con el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de Distribución de Energía y en el Reglamento de Calidad del Servicio de Distribución de Energía Eléctrica de URSEA, y demás normas aplicables;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Hacer lugar a la denuncia del señor Richard Moreira, determinando que existe responsabilidad de UTE en los daños sobre el equipamiento eléctrico denunciados, debiendo el referido Ente proceder en consecuencia a efectuar el resarciendo al reclamante.

2) Solicitar a UTE que verifique el registro del reclamo Nº 415091236 en su sistema comercial, registre como fecha de presentación 11 de julio de 2014 y fecha de respuesta 12 de agosto de 2014, y calcule la compensación correspondiente para abonarla al usuario.

3) Notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.

 

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 16/2017 de fecha 05/03/2017