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VISTO: la denuncia -
reclamo presentada ante URSEA por el señor Richard Moreira
contra UTE;
RESULTANDO: I) que, el usuario expresó que el 10 de julio de 2014
UTE realizó una conexión incorrecta del suministro en su finca
del balneario
Bella Vista provocando el incendio de la vivienda;
II) que, en virtud de
lo mencionado, el
usuario reclamó por los daños ocasionados en todo el sistema
eléctrico, roturas
varias y pérdida y daño de electrodomésticos;
III) que, del informe
técnico de la Jefatura
de Energía Eléctrica de la Gerencia de Fiscalización surge
que está comprobado
que UTE cometió un error en la conexión del servicio del usuario
reclamante y
que por ende existe responsabilidad del ente en los daños sobre el
equipamiento
eléctrico denunciados y que UTE pudo haber constatado dichos
daños en tiempo y
forma;
IV) que el usuario
realizó el reclamo ante
UTE el 11 de julio de 2014 y UTE no lo registró correctamente hasta el
14 de
julio de 2014, fecha en la que quedó ingresado al sistema como
"Daño en la
vivienda" con el Nº 4150912367;
V) que, en
relación a lo planteado
anteriormente, los asesores de esta Unidad Reguladora entienden que la fecha de
inicio del trámite del reclamo fue el 11 de julio de 2014, y la
respuesta es
del 12 de agosto de 2014, por lo que UTE incumplió el plazo
reglamentario con
que cuenta para responder;
VI) que, consultada la
información sobre los
plazos de respuesta a los reclamos enviada semestralmente a URSEA en el marco
del cumplimiento del RCSDEE, no se identificó el registro del presente
reclamo;
CONSIDERANDO: que, se cumplió con
el debido proceso, por lo que corresponde resolver en consecuencia;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto en la Ley N° 17.598 (y sus modificativas), en el Reglamento de
Distribución de Energía y en el Reglamento de Calidad del
Servicio de
Distribución de Energía Eléctrica de URSEA, y demás
normas aplicables;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Hacer lugar a la denuncia del señor Richard Moreira, determinando que
existe responsabilidad de UTE en los daños sobre el equipamiento
eléctrico
denunciados, debiendo el referido Ente proceder en consecuencia a efectuar el
resarciendo al
reclamante.
2)
Solicitar a UTE que verifique el registro del reclamo Nº 415091236 en su
sistema comercial, registre como fecha de presentación 11 de julio de
2014 y
fecha de respuesta 12 de agosto de 2014, y calcule la compensación
correspondiente para abonarla al usuario.
3)
Notifíquese, publíquese y oportunamente
archívese.
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