Resolución Expediente Acta Nº
Nº 002/017 0253-02-006-2014 01/2017
 
Referencia
MULTA DE 37.272 A EDUARDO LAPIDO
 
Resolución

VISTO: El proceso de determinación del cumplimiento de los requisitos mínimos de seguridad del generador de vapor de Eduardo Lapido sito en la calle Frigeiro 805, de la ciudad de Mercedes del departamento de Soriano;

RESULTANDO: I) que el empleo de este tipo de equipos no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa normativa, las cuales prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas para su operación, auditado por el estado, por medio de habilitaciones con cierta periodicidad;

II) que iniciado este asunto mediante una inspección del LATU de fecha 13 de marzo de 2014, se constató que el generador de vapor era operado sin habilitación, y por personal que carecía de la habilitación para ello;

III) que recabados los asesoramientos técnico y jurídico, se sugirió su no habilitación y la aplicación de sanciones por un monto total de Unidades Indexadas 37.272;

IV) que por resolución delegada Nº 0178/2015, de fecha 29 de junio de 2015 se resolvió la no habilitación de este equipo;

V) que de todo ello se dio vista a la empresa, sin que presentara descargos;

VI) que, la política en el sector fue coordinada con diversos interesados, según lo establecido en el expediente 0882-02-006-2015;

VII) que la Gerencia de Fiscalización comparte este criterio;

CONSIDERANDO: I) que las actuaciones reseñadas están de acuerdo con los lineamientos de fiscalización y aplicación de sanciones de esta Unidad Reguladora, y que los incumplimientos por los que se sanciona surgen con claridad de estas actuaciones;

II) que se cumplió con el debido proceso, por lo que corresponde resolver el presente asunto;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto por la Ley Nº 5.032 de 21 de julio de 1914, la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002 con las modificaciones impuestas por las Leyes Nº 18.719, de 27 de diciembre de 2010 y la Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013, en las demás resoluciones que regulan la actividad de los generadores de vapor;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar  multas por un importe total de treinta y siete mil doscientas setenta y dos (UI 37.272) a Eduardo Lapido, por lo expuesto y lo que surge de obrados.

2) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y en la base de Sanciones.

3) Pase a la División Gestión de Recursos (Administración y Finanzas) para su cobro. Oportunamente, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 01/2017 de fecha 01/09/2017