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VISTO: La situación del
generador de vapor Nº 5824, sito en Camino Jackson s/n, Nueva Helvecia,
departamento de Colonia, de la firma Ecohuella SA;
RESULTANDO: I) que el empleo de
este tipo de equipos no es libre, sino que está regulado por leyes y diversa
normativa, las cuales prevén un sistema de condiciones de seguridad mínimas
para su operación y que este auditado por el estado, por medio de
habilitaciones con cierta periodicidad;
II) que iniciado el trámite de registro de
este equipo, se comunicó a la empresa que debía presentar determinada
documentación y a proceder a la habilitación del generador; al no procederse
según lo solicitado, previo informe técnico y jurídico se determinaron los
incumplimientos, se propuso su no habilitación, y la aplicación de multas por unidades
indexadas 16.788;
III) que se confirió vista a la empresa la
que presentó descargos que fueron considerados y descartados;
IV) que por resolución delegada Nº 636/2015
de fecha 10 de noviembre de 2015 se resolvió no habilitar este equipo;
V) que este generador volvió a ser inspeccionado
por la Jefatura del Área el 19 de setiembre de 2017, la que consideró que, atento
al tiempo transcurrido sin cambios en la situación, corresponde la aplicación
de las multas propuestas;
VI) que el titular del Área de Fiscalización
comparte lo actuado;
CONSIDERANDO: que se cumplió con
el debido proceso, por lo que corresponde resolver;
ATENTO: a lo expuesto y a lo
dispuesto por la Ley Nº 5.032 de 21 de julio de 1914, Decreto del 22 de enero
de 1936, Decreto Nº406/988 del 3 de junio de 1988, denominado Reglamento de
Seguridad e Higiene Ocupacional, la Ley Nº 17.598 del 13 de diciembre de 2002
con las modificaciones impuestas por las Leyes Nº 18.719, de 27 de diciembre de
2010 y la Nº 19.149, de 24 de octubre de 2013,
y en las resoluciones que regulan la actividad de los generadores de
vapor;
EL DIRECTORIO
RESUELVE:
1)
Aplicar a la empresa Ecohuella SA multas por un importe de unidades indexadas
dieciséis mil setecientas ochenta y ocho (UI 16.788), por lo expuesto y lo que surge de obrados.
2)
Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web
de la Unidad y en la base de Sanciones.
3)
Pase a la División Gestión de Recursos (Administración y Finanzas) para gestionar
su cobro. Oportunamente, archívese sin perjuicio.
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