Resolución Expediente Acta Nº
Nº 126/017 0641-02-006-2015 20/2017
 
Referencia
APERCIBIMIENTO A F LTDA Y MULTA DE UI 1.950 A FENI SRL
 
Resolución

VISTO: las actuaciones relativas a la inspección realizada el día 24 de junio de 2015 a la firma F Ltda, sita en la calle Colón Nº 280, de la ciudad de Mercedes, como parte del plan de inspecciones en el marco del Convenio de Cooperación Institucional entre la DNE, CND y la URSEA;

RESULTANDO: I) que, en los informes recaídos en el presente expediente, los asesores del Área de Fiscalización expresan que se constató la comercialización sin la Etiqueta de Eficiencia Energética reglamentaria de los productos que surgen detallados de la actuación Nº 10 del expediente Nº 0641-02-006-2015;

II) que, analizadas las facturas de compra de los productos en infracción, se concluyó que únicamente un refrigerador marca OZONI- modelo OZ-FH 200, le había sido comercializado a la firma inspeccionada durante el período obligatorio de etiquetado para estos productos;

III) que, consultada la base de datos de productos autorizados al uso de la etiqueta de eficiencia energética, se constató que además dicho refrigerador no contaba con autorización de la esta Unidad Reguladora;

IV) que, de la factura presentada surge que el importador del mismo es FENI SRL;

V) que, con respecto a los otros productos, surge que no se configuró en relación a los mismos incumplimientos por parte de los importadores y/o fabricantes;

CONSIDERANDO: que se ha cumplido con el debido procedimiento, confiriéndose la vista de precepto a las empresas involucradas;

ATENTO: a lo establecido en la Ley Nº 17.598 de fecha 13 de diciembre de 2002 (con sus posteriores modificaciones), en la Ley N° 18.597 de fecha 21 de setiembre de 2009, en los Decretos del Poder Ejecutivo N° 429/009 de fecha 22 de setiembre de 2009, N° 329/010 de fecha 5 de noviembre de 2010, y a lo informado;

EL DIRECTORIO

RESUELVE:

1) Aplicar a la firma F Ltda una sanción de apercibimiento en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

2) Aplicar a la firma FENI SRL una sanción de multa de Unidades Indexadas mil novecientas cincuenta (UI 1.950) en atención a lo expuesto y a lo que surge de obrados.

3) Exigir a las empresas mencionadas que cesen la comercialización de los ítems constatados en infracción mientras no regularicen la situación de los mismos.

4) Notifíquese. Comuníquese. Publíquese en la base de Resoluciones del sitio Web de la Unidad y agréguese en la base de sanciones. Cumplido, archívese sin perjuicio.

 
 
 
Aprobado según Acta Referenciada N° 20/2017 de fecha 06/08/2017